LEY N° 4088/2010

Gratuidad de la Educación Inicial y de la Educación Media

La Profe Cindy Duarte Adorno - Grupo Duarte Adorno EAS

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LEY N° 4088/2010 - QUE ESTABLECE LA GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN INICIAL Y DE LA EDUCACIÓN MEDIA

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Art. 1°.- Esta Ley tiene por objeto fomentar la educación en todos sus niveles, garantizando el derecho que tiene toda persona a una educación integral, permanente y en igualdad de oportunidades.

Art. 2º.- Establécese la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Inicial y de la Educación Media, en las escuelas públicas de gestión oficial, establecidas en los Artículos 29 y 37, respectivamente, de la Ley Nº 1264/98 "GENERAL DE EDUCACIÓN".

Art. 3º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.

Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil diez, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, Numeral 1 de la Constitución Nacional.

📋 Información Importante

Esta ley complementa la Ley N° 1264/98 "General de Educación", estableciendo la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Inicial y la Educación Media en instituciones públicas de gestión oficial. Los artículos 29 y 37 de la Ley 1264/98 definen el alcance de estos niveles educativos.